#TRANSPARENCIA

Perfil de contratación

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP), por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero  de 2014, introduce novedades que afectan de una manera integral a la regulación del proceso de contratación de las administraciones públicas y al régimen jurídico aplicable a los efectos, el cumplimiento y la extinción de los contratos.


La Diputación de Pontevedra pone en conocimiento de las empresas, otras administraciones públicas, organismos y persona interesadas en general que su perfil de contratación se integra en la Plataforma de Contratación del Sector Público y que se pasará a gestionar y difundir por medio de ésta. Aquí encontrará:

  • Información relativa a las licitaciones que realice
  • Los contratos menores
  • Documentos tales como:
    • previsiones de contratación
    • composición de la Mesa de Contratación permanente
    • actas de la Mesa de Contratación
    • encargos de gestión
    • otros, como los de la suspensión de plazos en la tramitación de procedimientos debido a situaciones de carácter excepcional

Se cumple así el deber recogido en el artículo 347.3 de la LCSP, en el cual se indica que todos los perfiles de los órganos de contratación de las administraciones locales, así como los de sus entidades dependientes, deben estar alojados en una plataforma de contratación estatal o autonómica e interconectados, como se indica en la disposición adicional tercera de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.

Hace falta recordar que con la actual LCSP se crea el procedimiento abierto simplificado en su modalidad común y supersimplificada. En éste los anuncios de los contratos tramitados se anunciarán únicamente en el Perfil de contratación (y, por consiguiente, en las plataformas en las que se alojan).

Con el objetivo de evitar que se eluda el deber de la publicidad la LCSP recoge en su artículo 39.2.c) que se considerarán nulos de pleno derecho los contratos cuyo anuncio de licitación no se publique en el Perfil de contratación alojado en una de las dos plataformas o en los boletines oficiales correspondientes, en el caso de existir tal deber.

Los procedimientos de contratación de la Diputación de Pontevedra se publican en la Plataforma de Contratación del Sector Público del Estado y en la Plataforma de licitación electrónica VORTAL.